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Aquí Puedes Obtener VíA Internet Una Cita Previa Para Los TráMites De ExtranjeríA La PolicíA Nacional Reactiva El Servicio

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La Policía Nacional está reanudando de forma gradual y progresiva los servicios de documentación de extranjeros, en ciertas ciudades.

La Jefatura Superior de Policía ha explicado que para efectuar este tipo de trámites, los ciudadanos van a deber conseguir su cita previa, que es obligatoria, en .

Del mismo modo, en las oficinas de la Unidad de Documentación de Extranjeros se han instalado mamparas, se ha adoptado un sistema de desinfección y distancias de seguridad, siendo preceptivo el uso de mascarilla para asegurar la continuidad del servicio.

La Policía Nacional ha recordado que, a través de su web, , ofrece información detallada sobre los trámites, en especial en lo relativo a la prórroga de la vigencia de ciertos documentos.

INSTRUCCIÓN

La Policía Nacional ha recordado a los ciudadanos extranjeros y a las distintas instituciones y organismos que efectúan actos jurídicos o bien administrativos que con data de 20 de mayo se han dictado unas instrucciones para dotar de seguridad jurídica a los ciudadanos extranjeros perjudicados por la crisis sanitaria, de este modo como para evitar la saturación de las citas de peticiones de renovación de todo tipo de tarjetas.

CÉDULAS DE INSCRIPCIÓN

Según estas instrucciones, se prorrogan por un plazo de 6 meses las cédulas de inscripción de extranjeros indocumentados cuya vigencia haya caducado durante el estado de alarma o bien en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, a contar desde la fecha en que hubiera expirado la validez del documento.

CARTAS DE INVITACIÓN

Además, el demandante de una carta de invitación, emitida de antemano a la declaración del estado de alarma que no haya podido ser usada por coincidir la fecha de entrada prevista con la vigencia del mismo, va a poder pedir a la misma dependencia que se la expidió, la cancelación de exactamente la misma, así como el reembolso de las tasas por expedición de la carta –tasas en concepto de carta de invitación– y las de tramitación –tasas en concepto de autorización de expedición–, debiendo de hacer entrega imperdonablemente del original de la misma a la plantilla actuante.

RESGUARDO DE SOLICITUD PROTECCIÓN INTERNACIONAL

El resguardo de presentación de petición de protección internacional –resguardo blanco–, que hubiese sido expedido de antemano al estado de alarma verá prorrogada su vigencia en 9 meses a contar desde la expiración de la valía del documento, siempre que no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.

TARJETA ROJA

Por su parte, el documento acreditativo de solicitante de protección internacional –tarjeta roja– y el documento acreditativo de solicitante de condición de apátrida –tarjeta verde– que hubiesen sido expedidos con anterioridad al estado de alarma verán prorrogada su vigencia 7 meses desde la expiración de la valía de los documentos, siempre que no se haya notificado de forma negativa la resolución del expediente.

Asimismo, están anuladas todas y cada una de las citas que hubieran sido concedidas hasta el día de la fecha para atender la renovación de los referidos documentos.

OTRAS INDICACIONES

La cita instrucción asimismo señala que el resguardo de presentación de petición de protección internacional –resguardo blanco–, como los documentos acreditativos de solicitante de protección internacional –tarjeta roja–, conllevarán, a partir de los seis meses desde su fecha de emisión, el derecho a trabajar, independientemente de que no lleve incorporada la historia de leyenda ‘Autoriza a trabajar’, siempre que no se le hubiese notificado de manera negativa la resolución de su solicitud.

Por su parte, el documento ‘volante’ de manifestación de voluntad de confirmar cita extranjeria de protección internacional que hubiese caducado a consecuencia del estado de alarma ha prorrogado de manera automática su valía durante la vigencia del mismo y durante los tres meses posteriores desde la data en que se decrete su alzamiento a los fines exclusivos de garantizarle el derecho de no devolución, sin perjuicio de que el interesado deba, en dicho plazo y a la mayor brevedad posible, tramitar la expedición de un nuevo volante a fin de que se le asigne una nueva data de formalización.

Los documentos de viaje de quienes tengan reconocida la protección internacional o bien el estatuto de apátrida, cuya vigencia hubiera caducado a lo largo del estado de alarma o bien en los 90 días naturales anteriores a la data en que se dictaminó se han prorrogado los mismos términos en los que se haya ampliado la valía de sus tarjetas de identidad de extranjero –prórroga de seis meses desde el instante en que concluya el estado de alarma–./ Europa Press



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